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Qué es el Registro para enajenación de inmuebles

La enajenación de bienes inmuebles con destino a vivienda, consiste en la actividad mediante la cual, se habilita o transmite a los interesados a promocionar, publicitar, anunciar y/o gestionar planes de desarrollo de vivienda, para elaborar u ejercer tramites o actividades de transferencia de dominio o cualquier otro derecho real entre dos patrimonios. Es un acto jurídico, en donde la transmisión del bien se puede dar como una venta, compra, donación o arriendo. Para este procedimiento, es importante realizar la inscripción de la persona o entidad  natural o jurídica de las actividades ante la Secretaría Distrital del Hábitat (Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda).

¿Qué es un enajenador?

Hace referencia a la persona natural o jurídica a quien realiza la transferencia de dominio a titulo oneroso del desarrollo o construcción de unidades de la adecuación de terrenos, división de predios, construcción de unidades independientes o por propiedad horizontal y la celebración de promesas de compraventa o el recibo de anticipos de dinero.

¿Quién debe gestionar o adelantar el tramite de enajenación de un bien inmueble?

El tramite de enajenación para vivienda la deben realizar las personas naturales o jurídicas que busquen  o estén interesados en el desarrollo o gestión de actividades de enajenación cuando el proyecto, edificación o construcción cuente con cinco o mas unidades de vivienda dentro del Distrito Capital.

Radicación de registro para enajenación de vivienda:

Documentos y requisitos necesarios según tipo de persona o entidad, para llevar a cabo la radicación para adelantar las actividades de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

  1. Ciudadano, extranjeros e instituciones de dependencias: Debe reunir y poner en orden los documentos siguientes documentos para la radicación: 
  • Folio de matrícula inmobiliaria del inmueble o inmuebles por los que se esta realizando la solicitud : 1 copia Original
  • Anotaciones adicionales: Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses, a excepción de los casos en donde se involucre un + sistema de preventas
  • Modelos de contratos que se vayan a tener en cuenta o utilizar en la celebración de los negocios de enajenación de inmuebles con los clientes : 1 Fotocopia de cada uno
  • Presupuesto financiero del proyecto : 1 copia Original
  • Licencia urbanística del proyecto : 1 Fotocopia
  • Documento de identidad : Cédula, pasaporte, cámara de comercio y cédula representante legal. En cualquiera de los casos, se deberá adjuntar 1 Fotocopia.
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Nota: Dado el caso en que el inmueble que vaya a registrar, cuente con una hipoteca o leasing de vivienda, el solicitante deberá presentar o anexar certificación del crédito, en donde se obliga al acreedor a saldar la deuda en el momento de una negociación. Igualmente, el solicitante deberá ubicar el punto o zona de radicación.

2) Organizaciones: las entidades deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones para poder solicitar el tramite.

  • Folio de matrícula inmobiliaria del inmueble o inmuebles por los que se esta realizando la solicitud : 1 copia Original
  • Anotaciones adicionales: Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses, a excepción de los casos en donde se involucre un + sistema de preventas
  • Modelos de contratos que se vayan a tener en cuenta o utilizar en la celebración de los negocios de enajenación de inmuebles con los clientes : 1 Fotocopia de cada uno
  • Presupuesto financiero del proyecto : 1 copia Original
  • Licencia urbanística del proyecto : 1 Fotocopia

(Hace referencia a la autorización que se debe solicitar de manera previa para adelantar obras de urbanización y parcelación de edificaciones, subdivisión de lotes o predios, demoliciones y construcciones, intervención y ocupación de espacio público. Este, debe estar expedida por la entidad o autoridad competente dentro de la ciudad o municipio)

  • La organización deberá estar legalmente constituida y representada en caso de ser persona jurídica

Nota: Dado el caso en que el inmueble que vaya a registrar, cuente con una hipoteca o leasing de vivienda, el solicitante deberá presentar o anexar certificación del crédito, en donde se obliga al acreedor a saldar la deuda en el momento de una negociación.

¿Cuánto tiempo tarda la radicación y respuesta ante los documentos?

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La secretaria distrital de hábitat entrega una constancia o certificación de la radicación de los documentos, proceso para el cual contará con 15 días hábiles para dar respuesta.

¿Qué normativas rigen estas radicaciones de enajenación para vivienda?

  • Decreto Ley 2610 de octubre de 1979 (“Por el cual se reforma la Ley 66 de 1968) : Rectificar especificaciones indicada en el artículo 2.
  • Decreto Ley 019 de 2012, “por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública” (verificar el artículo 185) 
  • Ley 962 de 2005 “Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos” ( revisar la información consignada en el artículo 71) 
  • Decreto 2180 de 2006 “Por el cual se reglamenta el artículo 71 de la Ley 962 de 2005.”(Cada uno de los artículos son importantes) 

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