Al momento de realizar trámites de compra, venta o arrendamiento de un inmueble, debes tomar en cuenta la ley 820 de 2003.
Esta es una de las leyes más importantes para todo lo que se refiere al mundo de la inmobiliaria, ya que señala todo lo que se debe estipular en las cláusulas de los contratos.
Para poder ejecutar de forma oficial y legal lo que es la tramitación de un inmueble, es indispensable considerar las características y descripciones que se determinan en dicha ley, sólo así podrás evitar inconvenientes tempranos y retrasos en la tramitación de los documentos del inmueble que se adquiere o está en proceso de venta.
¿Qué necesitas saber de la Ley 820 de 2003?
La Ley 820 de 2003, es una ley que se encarga de establecer los criterios mediante los cuales se lleva a cabo el arriendo de una propiedad, en el que se establecen los derechos y obligaciones de cada una de las partes que integran el contrato.
En la ley de arrendamiento local que se mantiene en el Gobierno de Colombia, existe la ley donde se establecen los criterios y condiciones básicas para la elaboración de los contratos para la renta o arrendamientos de inmuebles, tomando en cuenta las obligaciones tanto del arrendador como del arrendatario.
Todo esto, pasando por los causales de terminaciones de los contratos de parte del arrendador, hasta establecido del canon de arrendamiento.
Evidentemente, así como dispone los deberes de las partes, del mismo modo contempla los derechos que amparan a cada una.
Se establece un contrato en el que de acuerdo con los preceptos de esta ley, se expliquen detalladamente las condiciones de cada arriendo en específico, para que sean asumidas y no se cree la necesidad de llevar a término el contrato por motivos de incumplimiento del mismo.
Estructura formal del contrato de arrendamiento
Tomando en cuenta lo establecido en la ley 820 de 2003, esta indica que un contrato de arriendo puede ser verbal o escrito, estableciendo, que, sin importar la particularidad, tanto el arrendatario como el arrendador, deben estar de acuerdo en las siguientes condiciones o puntos:
- Tiempo de duración del acuerdo o contrato.
- Pago de los servicios básicos.
- Forma de pago.
- Precio a pagar.
- Establecer si los pagos son diarios, semanales, mensuales o anuales.
- Información concreta del área de la propiedad que se está rentando, así como los servicios y las áreas compartidas con los demás miembros que se mantienen en el inmueble (según sea el caso).
- Información básica de los arrendatarios o contratantes (nombre, apellido e identificación).
Obligaciones del arrendatario o contratante
- Entre las partes del contrato es necesario que se establezcan buenas relaciones para el adecuado desenvolvimiento del acuerdo. Por el lado que corresponde al arrendatario, debe cumplir con las siguientes obligaciones, para no afectar la calidad de las relaciones.
- En primer lugar, debe cumplir puntualmente con la fecha y la cantidad estipulada para el arriendo. De igual manera, debe cubrir el monto de los servicios públicos y otros beneficios comunes, en caso de que pueda disfrutar de ellos y se encuentren establecidos en el contrato.
- Es su deber velar por el buen estado y preservación de la propiedad arrendada, así como de los objetos que se entregados dentro de ésta. Si por alguna eventualidad, se dañan o deterioran posesiones del bien arrendado, debe encargarse de sus reparaciones.
- Si el inmueble arrendado forma parte de una propiedad horizontal, debe respetar las normas que se contemplan dentro de sus reglamentos.
Obligaciones del arrendador
- El arrendador también posee una serie de obligaciones y funciones que garantizan y mantienen relaciones solidarias entre todas las partes implicadas.
- Debe hacer entrega a su contratante dentro de la fecha acordada, el inmueble en buen estado. Con todos los servicios y condiciones convenidas, además de que se mantengan de ese modo hasta que se finalice el contrato, haciéndose cargo de reparaciones o sustituciones si se presenta la necesidad de hacerlo.
- Si su inmueble forma parte de una propiedad horizontal o vivienda compartida, está en la obligación de dar a conocer las normas que rigen la sana convivencia entre los vecinos.
¿Qué aspectos dicta la Ley 820 de 2003?
- Según esta Ley para el buen desenvolvimiento del arriendo es necesaria la creación de un contrato. Este puede ser escrito o incluso oral, lo imprescindible en este proceso es que se establezcan acuerdos muy claros entre el arrendatario y su arrendador.
- Cuando el contrato es escrito, transcurridos 10 días de la formalización del mismo, se debe hacer llegar a las partes implicadas en el proceso, una copia del contrato. Dichas copias deben estar debidamente firmadas.
- Desde su promulgación el 10 de julio de 2003, esta Ley involucra todo lo que se refiere al régimen de arrendamiento de viviendas urbanas, en lo que respecta a la Ley de arrendamiento local comercial, se establecen otras disposiciones legales.
Pago del arriendo según la Ley 820 de 2003 y preaviso
- El costo del arriendo se establece por medio del acuerdo entre las partes. No obstante, la Ley 820 de 2003 estipula que dicho monto, bajo ningún concepto deberá superar el 1% del valor comercial de la propiedad
- Al arrendador se le concede el derecho de incrementar la mensualidad, cada año. Para el cálculo de este incremento anual, se establece como guía el Índice de Precios al Consumidor. Es decir, el aumento no puede ser mayor al IPC de ese año.
- Es obligación del arrendador informar en formato escrito al arrendatario, sobre dicho incremento y la fecha a partir de la cual entre en vigencia.
- Ahora bien, si lo que desea el arrendador es suspender el contrato, puedo hacerlo siguiendo las pautas pertinentes. Si la decisión de suspender el contrato es tomada por el propietario de forma unilateral, esta ley estipula que debe conceder un preaviso a los contratantes.
- El preaviso debe hacerlo llegar al arrendatario por medio del servicio postal autorizado con un mínimo de 3 meses de antelación y consignar una indemnización equivalente al total de 3 mensualidades.
- Conocer el contenido de las leyes, es parte esencial de todo buen ciudadano para que pueda cumplir tanto sus derechos como sus deberes. Te hemos ofrecido de forma rápida y práctica los puntos más importantes de la Ley 820 de 2003, para que tú le des utilidad.