Si una propiedad tiene una matrícula inmobiliaria, significa que está inscrita en el Registro Público colombiano. Este número se compone de 11 o 14 dígitos y se encuentra en la primera página del título de propiedad.
Es importante tener en cuenta que si adquiere una propiedad sin ver su título, puede terminar comprando una propiedad cuyo número de registro pertenece a otra persona. Para evitarlo, debe solicitar siempre el Título de Propiedad original. Con esta información, podremos consultar el número de registro de la propiedad.
El Registro de la Propiedad es un tipo de folio único que identifica una propiedad; y la diferencia de otras. Contiene los actos, contratos y cualquier tipo de registro relacionado con el inmueble, incluyendo las ventas o alquileres que se realicen. Este folio es emitido por la Oficina del Registro Público, con toda la información pertinente.
Elementos del documento
Este formulario de solicitud de cambio se debe utilizar cuando el personal de mantenimiento identifique la necesidad de modificar o añadir algo a cualquiera de los sistemas de seguridad que se deben instalar en la planta de fabricación. Para que el documento sea correcto y no presente problemas futuros a la hora de identificar una propiedad, debe contener la siguiente información:
- Reconocimiento predial: Estos datos se presentan con el fin de identificar la encuesta de la propiedad o el registro físico de la historia de la propiedad o bienes raíces, estos datos se aplican al municipio específico. También se conoce como ficha catastral.
- Información sobre el inmueble: Esta sección debe incluir el tipo de propiedad, ya sea urbana o rural, número de identificación, ubicación o dirección exacta, descripción detallada del perímetro, linderos y planos donde se ubican estos linderos, así como las modificaciones realizadas. Y otros aspectos que permitan la plena identificación de los activos.
- Naturaleza legal: Con esta información, la naturaleza legal de la propiedad es clara y confirmada, si es un primer límite de lesión, como el costo, la tradición, los ejercicios, la cancelación, el juicio de las precauciones de Francia, entre otros.
¿Cómo consultar el número de registro inmobiliario de un inmueble?
El Notario y Registrador (SNR) ha brindado la opción gratuita de consultar los índices de propiedad con el fin de simplificar los trámites y hacerlo más accesible a los interesados. El reglamento entró en vigencia el 7 de junio de 2019, permitiendo a los usuarios verificar las placas de registro de la propiedad.
Una manera rápida y fácil de verificar el número de registro de su propiedad en su nombre o en nombre de un tercero.
Para acceder a esta información y consultar los números correspondientes al registro de la propiedad de una propiedad, se puede realizar con el número de FOLIO grabado, en el caso de Bogotá, comenzar con 50N, 50C o 50 o con el número propietario de identificación de documentos.
Una vez que tenga esta información, tiene dos opciones para verificar el número de registro de la propiedad, que son:
- Presencial: es la forma más habitual cuando solicitas o compruebas un número de registro de la propiedad, solo tienes que solicitarlo en el registro público de herramientas de la ciudad. Lo malo de esta opción es que solo se puede hacer en el horario permitido de cada oficina.
- Virtual: La Superintendencia de Notariado y Registro ha habilitado una plataforma que ofrece a los usuarios la posibilidad de solicitar y adquirir el Certificado de Tradiciones y Gravámenes y el Certificado de Liquidación en tiempo real, inmaterial y gratuito.
Además de ser sencilla, rápida, económica, virtual e irrestricta en su horario de acceso, permite que el interesado pueda realizar cómodamente sus solicitudes desde su propia casa o desde cualquier computadora sin necesidad de acudir a una Oficina de Registro o Notaría.
Puede comprobar el número de matrícula inmobiliaria de un inmueble verificando esta serie de números en algunos documentos que puedan contenerlo, como el Certificado de libertad y tradición del inmueble o las escrituras de propiedad del mismo.
El número de registro de su propiedad le será útil como referencia en caso de que necesite ponerse en contacto con su ayuntamiento. También le servirá para saber más sobre la ubicación de su vivienda en el sitio web de la administración local.
¿Qué significa un registro inmobiliario abierto o calificado?
En la valoración y registro de títulos, existe un documento que se clasifica como “abierto”. Una de las diferencias básicas (y principales) entre un estado “abierto” y un estado “cerrado”, es la apertura e inscripción en el Registro de la Propiedad, que permite cada actividad requerida para el registro se registra con el consentimiento expreso del codificador o de otra persona que actúe en nombre del codificador, o por referencia a la ley que permite el codificador.
Ambos términos se refieren al estado del documento. Los registros se clasifican como “abiertos” según la ley procesal que permite el registro de todas las actividades que requieren registro solo con el consentimiento expreso del codificador o en nombre o en virtud de la ley citada. Así que fortalezcamos.
Por otra parte, en el caso de “habilitación para la inscripción en el registro de la propiedad” se refiere a la parte procesal de la tasación del inmueble antes de que se dicte la resolución de ejecución.
Leyes que lo rigen
EL CONGRESO DE COLOMBIA DICTA:
Artículo 1. Naturaleza del Expediente. El Registro de la Propiedad Inmueble es un servicio público prestado por el Estado, a cargo de un funcionario denominado Registro de Instrumentos Públicos, en los términos de esta Ley, para los efectos y efectos previstos en la ley.
Artículo 2 Objetivos. El registro de la propiedad tiene los siguientes fines básicos:
- a) como medio tradicional de propiedad de bienes inmuebles y otros bienes inmuebles de conformidad con este artículo. 756 del Código Civil;
- b) instrumentos públicos para ceder, transmitir, modificar, impedir, restringir, reclamar, influir, modificar o suprimir derechos de propiedad;
- c) Incluir documentación de respaldo en todas las herramientas públicas que requieran registro.
Artículo 3. Los principios básicos en los que se basa el sistema de registro son:
Oración. Las inscripciones en el registro se hacen a petición del notario de los interesados, por orden de autoridad judicial o administrativa.
El registro de instrumentos se registra oficialmente solo si lo permite la ley;
- b) Profesional. A cada unidad de propiedad se le asignará un asiento único, donde se consignará cronológicamente toda la historia jurídica del bien;
- c) prioridad o casta. El primer acto que se registre prevalecerá sobre cualquier otro acto que se presente con posterioridad, aun cuando el documento haya sido emitido con anterioridad, salvo las excepciones que establezca la ley;
- d) Legalidad. Sólo pueden registrarse títulos y documentos que cumplan con los requisitos legales para su registro;
- e) Legalidad. Las entradas registradas se consideran verdaderas y correctas hasta que se demuestre lo contrario;
- f) Trazas continuas. Sólo el titular registrado tiene derecho a disponer del nombre de dominio u otros derechos de propiedad sobre el bien inmueble, con excepción de la llamada falsa tradición.